¿Quiénes pueden pedir el abono anticipado de la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo?
- Los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que formen parte de una familia numerosa.
- Los contribuyentes con derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes o ascendientes con discapacidad.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el abono anticipado?
- Estar en posesión del título en vigor de familia numerosa o la certificación de discapacidad del descendiente o ascendiente. Es conveniente que compruebe que dispone del título de familia numerosa y del certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma.
- Todos los solicitantes, los titulares de la familia numerosa y los descendientes o ascendientes discapacitados deben disponer de número de identificación fiscal (NIF) sin el cual no se podrá realizar el abono de manera anticipada.
- Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad y cotizar los plazos mínimos que se indican en la siguiente pregunta. En la solicitud colectiva es suficiente que cumpla esta condición el primer solicitante.
También os dejamos una entrada anterior sobre cómo solicitarla: https://www.tore.es/como-solicitar-la-nueva-deduccion-mensual-de-100-euros-para-familias-numerosas-y-personas-con-discapacidad/