Otro año más y como sabemos, debemos de estar pendientes de todos los cambios que la Agencia Tributaria realiza. Hacienda estrena este año una nueva estrategia para facilitar a los contribuyentes la presentación de la renta.
A partir del 4 de abril y hasta el 2 de julio, muchos contribuyentes podrán presentar su declaración con un solo clic y lo mejor de todo, a través de una aplicación móvil .
¿Cuáles son las novedades de la declaración de la renta 2017
1. App de la AEAT: Tú declaración en un clic
En una sociedad dónde más del 60% posee un móvil y prácticamente casi todo el mundo, busca, compra y realiza cualquier tipo de transacción vía este dispositivo, no era de extrañar que llegara una app de este tipo. La nueva aplicación móvil de la Agencia Tributaria, nos permitirá a muchos de nosotros a presentar la declaración de la renta a golpe de clic y sin necesidad de acceder a un ordenador. Si deseas bajar esta app lo podrás hacer a partir del 15 de marzo para los dispositivos que tengan sistema operativo Android (Google) e iOS (Apple).
¿Qué podrás hacer con la nueva app de Hacienda?
Además de poder presentar la declaración, permite mandar mensajes personalizados, obtener y guardar el número de referencia, consultar los datos fiscales, consultar el estado de la tramitación de la declaración y gestionar las declaraciones de allegados y familiares del contribuyente. La aplicación móvil permite incluir hasta 20 NIF distintos.
2. Si lo necesitas, Hacienda te llama. «Le llamamos»
Otro de los principales cambios de la Campaña de la Renta es la puesta en marcha de un servicio en el que Hacienda llama a los contribuyentes que necesiten ayuda para hacer su declaración. Para ello necesitarás cita previa, indicado la fecha y la hora en la que desean recibir la llamada.
Estará disponible desde el primer día de la campaña
¿Cómo funciona este servicio?
Puedes realizar la cita a través de la web de la AEAT o por teléfono (901 22 33 44-91 553 00 71). ¿Y qué documentación se necesita? Para identificarse cuando nos llame el fisco, basta con el NIF y el número de referencia. ¿Puede usar este servicio cualquier contribuyente? La respuesta es que no: está reservado a los que reciban una carta para usar el servicio y aquellos que hayan obtenido en 2017…
- Rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros
- Rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 euros
- Rendimientos del capital inmobiliario por un inmueble o contrato
- Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de fondos de inversión
- Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones, salvo que correspondan a actividades económicas
- Rentas procedentes del régimen a atribución de rentas que correspondan a rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, con los mismos límites anteriores
En el caso de que sea el contribuyente el que llame a la Agencia Tributaria, desaparecen todas las limitaciones anteriores.
3. Se adelantan los servicios de asistencia
Con el objetivo de agilizar la presentación de las declaraciones, Hacienda ha decidido adelantar en el calendario la prestación de servicios de asistencia y el acceso a la información fiscal del ejercicio 2017. Por ejemplo, este año se podrán consultar los datos fiscales o solicitar el número de referencia a partir del 15 de marzo. En esa fecha también estará disponible la aplicación móvil de la AEAT y comenzarán los envíos postales (lo recibirán los contribuyentes que acudieron a una oficina y que confirmaron su declaración sin llevar a cabo modificaciones, unos 860.000 en la Campaña de la Renta 2016).
4. Adiós al SMS con el número de referencia
Pasos que hay que dar para obtener el borrador y/o los datos fiscales. Tienes tres maneras de conseguirlo:
La más sencilla es disponer del DNI electrónico o del sistema de firma con clave de acceso, denominado Cl@ve PIN, ya que en esos casos no hace falta obtener el número de referencia y se puede acceder al borrador o a los datos fiscales a través de la web de la Agencia Tributaria.
En el caso de que el contribuyente no tenga ninguna de ellas, deberá usar el famoso ‘Servicio RENØ’. Para obtener el número de referencia, el contribuyente necesita el importe de la casilla 450 de la declaración del año pasado (en la Campaña anterior era necesaria la casilla 440), su NIF y la fecha de validez de su documento de identidad.
Por primera vez, no será necesario aportar un número de teléfono móvil, ya que este año desparecen los SMS con el número de referencia.
Fuente: Portal Idealista
Renta 2017: plazos para presentar la declaración y otras fechas clave de la campaña