La reforma fiscal en 20 puntos

1-Tramos del IRPF

La reforma reduce los tramos del IRPF de siete a cinco y se llevará a cabo en dos fases (una en 2015 y otra en 2016). Cuando esté plenamente en vigor, en 2016, el tipo mínimo del IRPF (rentas inferiores a 12.450€) estará en el 19% (frente al 24,75% actual) y el máximo (rentas de entre 20.200 y 35.200€) en el 45% (frente al 52% actual), tras haber subido 7 puntos con el gravamen complementario que empezó a aplicarse en 2012.

 

2-Deducción por gastos

Límite de 2.000 euros para los autónomos en la deducción por gastos (comida, gasolina, taxis, teléfono…). Hasta ahora, la dedución era del 5% de los rendimientos netos

 

3-Ayudas a las familias

Creación de una ayuda de 1.200 euros a las familias numerosas, discapacitados y ascendientes con discapacidad a cargo. Estas ayudas son acumulables y se añaden a los impuestos negativos para madres trabajadoras.

 

4-Indemnización por despido

Las indemnizaciones por despido tributan en el IRPF. El Gobierno ha establecido un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado. Los asalariados que hayan sido despedidos de forma improcedente tributan a partir de los 2.000 euros por año trabajado. Hasta ahora todas las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100%.

 

5-Planes de pensiones

Las aportaciones máximas quedan limitadas a 8.000 euros anuales, con derecho a deducción en el IRPF, frente a los 10.000 euros que se permitía hasta ahora. Será una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del contribuyente como sucede ahora.

 

6-Dividendos

Se elimina la exención de tributación de dividendos hasta 1.500 euros existente hasta ahora. A partir de ahora tributan desde el primer euro.

 

7-Ahorro

Los rendimientos del ahorro pasarán a tributar a un mínimo del 19% y un máximo del 23%.

Los tipos que gravan el ahorro bajarán en todos los tramos, pero lo harán en dos fases.

Así, el ahorro hasta 6.000 euros, que hasta este año tributaba al 21% pasará a tributar al 19%. Por su parte, el ahorro de entre 6.000 y 24.000 euros pasará del 25% al 21%. El ahorro de entre 24.000 y 50.000 euros pasará de tributar al 27% a hacerlo al 21%, mientras que el que supere los 50.000 euros pasará del 27% al 23%.

 

8-Planes Ahorro 5

Planes de ahorro que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro y estarán exentos de tributación al superar los cinco años, siempre que se garantice la retribución de al menos el 85% de la inversión.

 

9-Dación en pago y preferentes

Se declara la exención de la plusvalía por el procedimiento de dación en pago de una vivienda. También habrá exenciones para las plusvalías que pudieran generar las acciones preferentes.

 

10-Impuesto de Sociedades

El Impuesto de Sociedades se reducirá del 30% al 25%. Además, se introducirán deducciones e incentivos para que la tributación de las pymes se quede en el 20% y la de los emprendedores se mantiene en el 15%.

Además, la base imponible se amplía para acercar el tipo efectivo al nominal. Y se mantienen las deducciones relacionadas con la I+D+I y se crea una nueva reserva de capitalización.

 

11-Banca, al 30%

El sector financiero continuará tributando al 30% en Sociedades. Sin embargo, el objetivo es que los bancos puedan seguir contabilizando los créditos fiscales con el tipo del 30% en vez de con los nuevos tipos más bajos.

 

12-Tributación de autónomos y módulos

Los trabajadores por cuenta propia que ganen menos de 12.000 euros al año tributarán a un tipo del 15% a partir de julio, frente al 21% que tenían que pagar hasta ahora.

La tributación general, que hasta ahora estaba situada en el 24%, bajará al 20%. Los agricultores y ganaderos, hoteles y restauradores podrán seguir dentro del régimen actual. Otros colectivos tendrán que pasar en el régimen de estimación directa.

 

13-Trabajadores extranjeros

Se mantiene que los trabajadores extranjeros desplazados a España puedan tributar como no residentes a un tipo del 24 % para los primeros 600.000 euros de retribución y durante cinco periodos impositivos consecutivos.

 

14-Deportistas establecidos en España

Se adecua la tributación de los deportistas no residentes a la de los residentes.

 

15-Comercio electrónico

Se modifica la regla de localización, de tal manera que se realizará la tributación en el lugar donde se realice la compra. Tanto para los servicios electrónicos, de telecomunicaciones o de radiotelevisión. Esto implicará que, si por ejemplo, se descarga un libro electrónico en España, el IVA se pagará en España y no donde tenga la sede social la empresa que vende el libro como sucedía hasta ahora.

 

16-Vivienda

El Gobierno ha eliminado la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda para los nuevos contratos que se firmen a partir de 2015. De esta forma, el Gobierno en esta legislatura ha suprimido tanto la deducción por compra de vivienda para las adquisiciones posteriores desde el 1 de enero de 2013, como la deducción por alquiler.

La reforma también reduce los beneficios fiscales de aquellos propietarios que ponen en alquiler una vivienda. Concretamente, la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas a partir del 1 de enero de 2015 pasa del 60% al 50%. Además, se elimina la exención total (del 100%) que se aplica en el caso de que los inquilinos sean menores de 30 años desde esa misma fecha.

 

17-IVA

Se reclasificarán algunos productos sanitarios en cumplimiento de una sentencia europea. Gafas graduadas, las lentillas, las prótesis, las sillas de ruedas o las muletas seguirán disfrutando del tipo reducido del IVA del 10%, pero el resto de productos sanitarios deberán elevar su tributación al 21%. Se mantienen al tipo reducido otros productos sanitarios como las gasas, vendas o botiquines para primeros auxilios o parches oculares, pero no así las sábanas del  hospital, por ejemplo.

 

18-Listado de morosos

El Gobierno ha anunciado la publicación de una lista de morosos con la Agencia Tributaria, para deudas superiores a un millón de euros.

 

19-I+D

Las empresas que inviertan en I+D más del 10% de sus ingresos netos contables ampliarán el porcentaje de deducción al 50%.

 

20-Cine y Teatro

Aumentan las deducciones del cine y el teatro y se creará una nueva figura para atraer producciones extranjeras, que partirá de un mínimo de inversión en España. Se eleva el umbral de beneficio fiscal para las producciones más pequeñas y se mantiene para el resto. El impuesto de Sociedades para producciones cinematográficas será del 20% para el primer millón de euros y del 18% para el resto, mientras que se fija una deducción del 15% de los gastos de producciones extranjeras en territorio español.

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